Patinar por la carretera

Viendo 15 entradas - de la 31 a la 45 (de un total de 52)
  • Autor
    Entradas
  • #90143 Responder
    lacurva
    Participante

    Kimu, creo que no quieres ver la realidad, estas interpretando la ley en todo momento tirando para casa, y las cosas no son así, una cosa es que como patinadores queramos tener todos los derechos del mundo y no entendamos que es injusto el trato que se nos da como patinadores comparado con peatones y ciclistas y otra que queramos adaptar un texto a nuestros intereses. Ya no voy a volver a entrar en el articulo 121.4 porque creo que no vamos a ponernos de acuerdo en su interpretación, pero es que veo que cuanto más avanza el hilo más conceptos estamos mezclando y adaptando a nuestros intereses.

    Tampoco quiero que esto parezca algo personal y yo no tengo ningún interés en defender nada, simplemente planteo las cosas como las entiendo. Creeme que a mi tambien me gustaría que las cosas fueran diferentes…

    La verdad es que ya van dos veces que agentes de tráfico me han impedido seguir patinando por la carretera, y me gustaría que el tema quedara bien clarito, símplemente porque me gusta patinar por carretera y porque también me gustaría encontrar a mas patinadores en ella y hacer también muy nuestro un espacio que algunos lo creen perdido.

    Porqué crees que los Agentes te han dado el toque?? probablemente porque saben como esta la reglamentación. So lo prefieres en el momento en que te pongan una multa y la recurras nos comentas lo que te ha contestado el Delegado de trafico de tu provincia. Nos apostamos a que no te quitan la multa??
    Si lo que queremos es patinar por carretera y no estamos de acuerdo en la reglamentación lo más logico es que intentemos cambiarla, como ya me consta que se está intentando hacer en algunos sitios. Pero intentar cambiarla no es sinónimo de interpretarla a nuestra conveniencia.

    Yo lo entiendo así:
    En zonas peatonales no podemos patinar por la calzada sino por las zonas peatonales; pero si no las hay, podemos patinar por el arcén y en su defecto por la calzada.
    Por lo tanto sea de una forma u otra, es legal patinar por carretera, tal y como se vé en el vídeo.

    Tu lo puedes entender como quieras, yo lo entiendo de diferente forma, eso no quiere decir que sea legal, no voy a volver a repetir lo de la excepción porque sería rizar el rizo. 😉 Evidentemente sería legal si tu tienes razón y no lo sería si la tengo yo.

    El patinador de ruta, si lleva los bastones de fondo, lleva un objeto voluminoso.
    Además, buscando el motivo que trata la norma (El volumen), un patinador ocupa mas espacio que un peatón a pie.

    Aquí si que te has pegado un largo 😆 , interpretar que por el hecho de llevar unos bastones ya se puede considerar objeto voluminoso es como decir que por llevar casco tambien 😆 , entonces un anciano que lleva un bastón ya no tiene obligación de ir por la acera no??

    Por el otro lado, los patines se pueden entender por «vehículo» ya que la RAE lo define como: Medio de transporte de personas o cosas.
    El reglamento de tráfico como: Artefacto o aparato apto para circular por las vías o terrenos a que se refiere el artículo 2.

    Los patines parecen ser pues vehículos. Por ambas razones, un patinador podría patinar por la calzada aun habiendo zonas peatonales y en contradicción con el art. 121.4 famoso.

    Este creo que es efectivamente tu error, interpretar que los patines son un vehículo cuando no lo sin. Si fueran un vehículo evidentemente podrian circular por la calzada no solo podrian, sino que tendrían la obligación de hacerlo y no podrían ir por la acera, si es que lo queremos todo 😆
    En primer lugar como lo defina la RAE me da igual, porque las definiciones de trafico son las que figuran en la ley de trafico, no cogen las de la real academia española. Mira como lo define el reglamento de tráfico, artefacto o aparato, no lo llama vehículo, porque los vehículos pueden circular por la vía publica.
    Busca la definición de vehículo en el reglamento y te darás cuenta.

    [quote]b) Todo grupo de peatones dirigido por una persona o que forme cortejo.

    Patinando en grupo también podríamos ir por la calzada aun existiendo zonas peatonales.
    [/quote]

    Vuelves a interpretar a tu forma, un cortejo es un grupo organizado dirigido por una persona, se refiere a un grupo de colegiales, un desfile, militares, etc, no un grupo de ciclistas o patinadores. Al menos yo así lo entiendo.

    [quote=»Joseba»:26q2dbkx]En cuanto a que el Delegado de tráfico te haya dicho que unos patines se podrian equiparar a un ciclo ya flipo, o le has entendido mal o el tio se ha querido quedar contigo o me denota que no tiene mucha idea de que esta hablando, te soy sincero. Te pongo la definición de reglamento de circulación de lo que es un ciclo:

    Ciclo: Vehículo de dos ruedas por lo menos, accionado exclusivamente por el esfuerza muscular de las personas que lo ocupan, en particular mediante pedales o manivelas.

    En primer lugar los patines no son un vehículo, sino un juguete, objeto o como le queramos llamar, en segundo lugar no se acciona por pedales ni manivelas. Y te digo más Dios nos libre de que equiparen a los patines con los ciclos porque automáticamente tendríamos prohibido circular por las aceras..

    Vehículo sí puede ser puesto que es un medio de transporte de personas.
    Tienen dos o mas ruedas.
    Está accionado por el esfuerzo muscular.
    El patín es un pedal o mecanismo accionado por el pie.
    Los bastones son manivelas (Si los usara)
    [/quote]
    Creo que no has leído bien la definición de ciclo. Un ciclo si es un vehículo, pero para que sea ciclo no vale con que vaya impulsado por esfuerzo muscular «en particular mediante pedales o manivelas», si dice en particular quiere decir que solo en esos casos, decir que un patín es un pedal 😯 , no está hablando de mecanismos accionados por el pie, sino de pedales, lo es?? No. Y decir que unos bastones son manivelas 😯

    Venga, un saludote.

    #90145 Responder
    chango
    Participante

    lo que si creo que esta mas o menos claro es una cosa

    si se considera vehiculo no se puede ir por la acera
    si se considera peaton no se puede ir por la calzada

    y mas claro aun que da igual como lo interpretemos lo impotante es como lo interprete el guardia que te pare, lo mismo le cuentas eso de vehiculo por los palos y tal y cuela o lo mismo te casca la multa por que cree que vas de listo
    lo mejor sera lo tipico de – ah señor agente yo pense que se podia-

    un saludo patinero

    #90147 Responder
    Kimu
    Participante

    Hola! Se está extendiendo mucho este tema y ya está en manos mas cualificadas que las nuestras su aclaración. Cuando llegue ese momento, quien tenga que corregir ya corregirá..

    [quote=»joseba»:1rdi20ph]Porqué crees que los Agentes te han dado el toque?? probablemente porque saben como esta la reglamentación. So lo prefieres en el momento en que te pongan una multa y la recurras nos comentas lo que te ha contestado el Delegado de trafico de tu provincia. Nos apostamos a que no te quitan la multa??[/quote]

    Je, je! Los agentes no me han multado porque les he explicado cual es el título del 121.4… Pero la próxima vez les voy a pedir que me multen para que pueda quedar constancia, recurrir y crear jurisprudencia.
    Pero, ACEPTO LA APUESTA!. 3333ch 33ch
    No tenemos que esperar a que me pongan ninguna multa. El delegado me llamará en cuanto terminen estas fiestas.

    [quote=»Joseba»:1rdi20ph]
    Si lo que queremos es patinar por carretera y no estamos de acuerdo en la reglamentación lo más logico es que intentemos cambiarla, como ya me consta que se está intentando hacer en algunos sitios. Pero intentar cambiarla no es sinónimo de interpretarla a nuestra conveniencia. [/quote]
    ¿Dónde se está intentando hacer esos cambios?. ¿O te refieres sólo a zonas pobladas?

    Respecto a todo lo demás,
    las interpretaciones de la norma (según me comentó un agente de tráfico) no se hacen realizando un análisis semántico del texto sino mirando cual es el objetivo o fin que persigue o pretende evitar la norma y adaptarse a ella. Todo ello, sin vulnerar otras normas de rango mayor.
    La prohibición de circulación afecta al artículo 19 de la constitución. (Libre circulación por territorio nacional).

    Ni me va ni me viene mucho este tema de ciclo o peatón. Casi que prefiero seguir siendo un peatón porque no estaríamos obligados a portar un seguro ni nos quitarían puntos del carnét…
    Sólo opino que encajo mejor como ciclo y hago mías algunas de sus normas tales como circular por los bici-carriles, llevar casco, no beber alcohol, etc.

    Urte berri on!!

    #90162 Responder
    lacurva
    Participante

    Se está extendiendo mucho este tema y ya está en manos mas cualificadas que las nuestras su aclaración. Cuando llegue ese momento, quien tenga que corregir ya corregirá..

    Hola Kimu, estoy contigo en que se está extendiendo mucho esto, y creo que no vamos a llegar a ninguna conclusión con los planteamientos que estamos haciendo, simplemente vemos las cosas de diferente forma. Además por escrito en un foro ya sabemos que se pueden entender mal las cosas, sería un tema muy amplio para debatir en persona, si en alguna ocasión coincidimos ya lo hablaremos largo y tendido.
    Tampoco creo que es cuestión de corregir o no, estamos hablando de lo que pensamos, yo particularmente cuando abrí este hilo no tuve intención de imponer mis pensamientos a nadie, simplemente creí conveniente recopilar todos los artículos que en un momento dado nos podían ser útiles como patinadores en el hilo para que cada uno los lea, y al menos tenga conocimiento de la normativa existente, cada cual es muy libre de interpretarlo como quiera, ojo, no digo que mi interpretación sea la correcta, es como yo lo entiendo. Ahora bien, lo que no quiero es que nadie piense que es libre de patinar por donde quiera y como quiera, mi idea es que quede patente que como patinadores tenemos derechos pero tambien obligaciones.
    Bueno, decirte que yo tambien tengo mis fuentes, no he llegado a estas conclusiones por casualidad, pero como dice el chiste, no las voy a desvelar porque a mi amigo José Luis no le gusta que le citen en Internet 😉
    Creo que lo que ha de prevalecer sobre todo es el respeto y el sentido común, si no vamos por ahí de cualquier manera y actuando con un poco de sentido común no vamos a tener nunca problemas con ningún Agente.

    ¿Dónde se está intentando hacer esos cambios?. ¿O te refieres sólo a zonas pobladas?

    No conoczo muy bien como esta el asunto, pero es posible que unicamente sea en zonas urbanas, me consta que en Valencia están en ello, en Barcelona creo que tambien, pero te repito que no se lo que estan negociando o no, así que no voy a hablar de ello.

    Respecto a todo lo demás,
    las interpretaciones de la norma (según me comentó un agente de tráfico) no se hacen realizando un análisis semántico del texto sino mirando cual es el objetivo o fin que persigue o pretende evitar la norma y adaptarse a ella. Todo ello, sin vulnerar otras normas de rango mayor.

    Eso es cierto, nunca hay que centrarse en el texto, sino en la intención del legislador, en ello se suele basar precisamente la jurisprudencia. Precisamente por eso interpreto yo que los patines no pueden circular por la calzada, porque al no estar considerados vehículo en el reglamento de curculación, creo precisamente que lo que trata la ley es de impedir que cualquiera utilice la calzada a su antojo, si has de utilizar la calzada como peatón porque no te queda mas remedio utilizala, pero de ahí a meterte en ella con el artilugio que se te antoje va un rato…estoy hablando de lo que considero que fue la intención del legislador, no que esté de acuerdo en ello, ojo.

    La prohibición de circulación afecta al artículo 19 de la constitución. (Libre circulación por territorio nacional).

    Aquí si que estas equivocado, la constitución no habla en ningún momento de como se ha de circular, para eso estan las leyes menores y sus respectivos reglamentos, la constitución solo da unas pautas muy generales de conducta. Y cuando dice «Libre circulación por territorio nacional» no quiere decir que puedas circular como te de la gana por todo el país, sino que «todo el mundo tiene LIBERTAD de moverse por todo el territorio sin que nadie le impida hacerlo», pero aquí la circulación se ha de entender como libertar de movimiento, nada que ver con en que medio te desplaces.

    Ni me va ni me viene mucho este tema de ciclo o peatón. Casi que prefiero seguir siendo un peatón porque no estaríamos obligados a portar un seguro ni nos quitarían puntos del carnét…

    El que algún día los patines se coviertan en vehículos de cara a la ley no nos afectará a la hora de tener que llevar seguro o no, al menos no necesariamente, otra cosa en que en su momento se obligue, pero hoy por hoy, por ejemplo los ciclos son considerados vehículos y no tienen ninguna obligación de ir asegurados.

    Sólo opino que encajo mejor como ciclo y hago mías algunas de sus normas tales como circular por los bici-carriles, llevar casco, no beber alcohol, etc.

    Yo tambien creo que en ruta encajo más como ciclo, pero no quiero perder ni por nada del mundo mi condición de peatón cuando me calzo unos patines, al fin y al cabo yo hago patinaje urbano, me encanta patinar por las aceras, parques y demás zonas de uno peatonal.

    Venga, un saludote y que conste que este tema me gusta, pero creo que le estamos dedicando mucho tiempo para no llegar a ninguna conclusión 😉

    #90166 Responder
    Kimu
    Participante

    Cierto. Ya hablaremos mejor cuando nos veamos. Entonces ya sabremos algo mas «oficial» sobre el tema y lo comentaramos con una cervecita que la tendrá que pagar uno de los dos. 3333ch 33ch

    Urte berri on, eta ikusi arte!

    #90170 Responder
    lacurva
    Participante

    [quote=»Kimu»:sgzkej87]Cierto. Ya hablaremos mejor cuando nos veamos. Entonces ya sabremos algo mas «oficial» sobre el tema y lo comentaramos con una cervecita que la tendrá que pagar uno de los dos. 3333ch 33ch

    Urte berri on, eta ikusi arte![/quote]

    Que fanfarrones sois los vascos 😆 😆 😆
    Una cervecita o dos si hace falta, venga, ya nos contarás.

    #90235 Responder
    chango
    Participante

    y esto vale??

    jojojoj

    http://www.gamaniak.com/embed.swf?file= … click=link

    (no se como se ponen los videos)

    #90239 Responder
    Kimu
    Participante

    Uf! Como lo vean algunos, nos vamos olvidando de patinar por la carretera…
    Lo que está claro es que no es ciclo porque no va propulsado por la fuerza muscular… 🙄
    Y como dicen algunos, cuesta abajo hasta la mierda corre.

    #90742 Responder
    Kimu
    Participante

    Ya me ha respondido el Responsable Territorial de Tráfico de Alava y concluye diciéndome que según el artículo 122, si no hay zona peatonal ni arcén, es posible patinar por la calzada.

    ¿Hay que preguntar a alguien más?

    🙄

    #104110 Responder
    Xispitas
    Participante

    Entonces podemos o no podemos patinar por la calzada en ciudad? (en los casos en que no pasen coches como cuando se corta un semaforo y similar).

    Lo digo porque según los artículos que habéis puesto no se puede, sin embargo todos los vídeos que veo por youtube de gente que va haciendo ruta van por la calzada, incluso cuando están los coches circulando a su lado, y no veo que nadie los multe ni les diga nada?

    #104112 Responder
    Kimu
    Participante

    Los patinadores estamos considerados como peatones y en ciudad (o poblado) no podemos patinar por la calzada (art. 121.4) ya que hay vías expresamente destinadas para los peatones: las aceras y zonas peatonales.
    En carretera, si hay vías para peatones, debemos circular por ellas, pero si no los hay (que es lo habitual) debemos circular por el arcén. Si no hay arcén, lo más próximo posible al borde de la calzada.
    La cuestión es si debemos circular por la izquierda o por la derecha de la calzada. La norma insta a que los peatones circulen por la izquierda, pero por motivos de seguridad podemos hacerlo por la derecha.

    #104118 Responder
    Xispitas
    Participante

    Kimu esa es mi idea, pero como ya comenté viendo los vídeos de grupos organizados haciendo rutas por la calzada me da que pensar y no entiendo si no les multan o que…

    #104121 Responder
    Kimu
    Participante

    Supongo que contarán con autorización, de la misma forma que una manifestación autorizada puede ir por la calzada. Por lo demás la norma es clara: En poblado los patinadores tienen prohiba la circulación por la calzada.
    Otra cosa es que las ordenanzas municipales permitan en circunstancias especiales esta práctica, como es el caso de algunas ciudades que permiten la circulación de bicicletas por las aceras.

    Todo es fruto de la indefinición en la que nos encontramos actualmente (peatón o ciclo).
    De una u otra forma, los patinadores debemos ganarnos la confianza necesaria para ser considerados como ciclos o como peatones indistintamente según la velocidad que llevamos, tal y como se hace en algunas capitales Europeas.

    #104123 Responder
    Xispitas
    Participante

    Gracias, si que me suena algo de haber leido eso de las autorizaciones pero aún así un poco peligroso no? si vas por ahí con el coche y te encuentras eso por mucha autorización que lleven puede ser peligroso para los patinadores…

    #110342 Responder
    híbrida
    Participante

    quien me va ha decir a mi si mis patines los uso para desplazarme o para jugar? todo es muy relativo…no se puede afirmar que sólo es un juguete… si empezara a pensar todos los útiles y herramientas o vehículos que empiezan siendo o son un juguete… me quedo loca…

    un saludo

Viendo 15 entradas - de la 31 a la 45 (de un total de 52)
Respuesta a: Patinar por la carretera
Tu información: