Pues así me dijeron en la deleación de tráfico: Un patinador es un peatón con un juguete…
Desde luego, a efectos de circulación, no está considerado como vehículo tal como las bicicletas, ciclomotores, motocicletas, automóviles, camiones, etc
Lo que yo defiendo es que bien podría clasificarse como ciclo (bicicleta, triciclo, tandem…)por su definición y por la forma de uso de las vías.
Pero lo dicho: Como peatones podemos circular por la carretera si no existen zonas expresamente destinadas para los peatones.
😉